La doctrina Tomista de los sentidos bíblicos (III), P. Lic. Martín Villagrán IVE

2. Un intento de síntesis

Ya es momento de recolectar las diversas observaciones realizadas y tratar de presentarlas lo más fiel y substancialmente posible. Por esto proponemos unas definiciones de los elementos más importantes de esta doctrina e individualizamos algunos principios que se encuentran incorporados en estas exposiciones tomistas que hemos seguido.

Evitaremos las palabras superfluas y trataremos de que nuestra propuesta de definición abarque exhaustiva y armónicamente los diversos puntos destacados en las páginas precedentes.

a. Propuesta de definiciones y explicación

Damos de una vez las definiciones para, luego, explicarlas brevemente.

Sentido bíblico literal: Significación por medio de las palabras bíblicas (rectamente entendidas en sí, en su contexto y en la ortodoxia) según la intención del autor humano y del divino, sea de modo propio o impropio.

Sentido bíblico espiritual: Significación por medio de las realidades significadas por las palabras de la Biblia según la disposición de su Autor principal.

Sentido alegórico: Sentido bíblico espiritual por el que unas realidades anteriores (en tiempo o naturaleza) significan otras posteriores en sí mismas consideradas.

Sentido moral: Sentido bíblico espiritual por el que unas realidades anteriores (en tiempo o naturaleza) significan otras posteriores en referencia a sus actos.

Sentido anagógico: Sentido bíblico espiritual por el que unas realidades anteriores (en tiempo o naturaleza) significan otras posteriores en cuanto últimas.

 

Pasemos, ahora, a dar alguna explicación de estas definiciones con la intención de denotar el contenido de cada una de sus partes y de clarificar el porqué de las palabras escogidas.

Sentido bíblico literal

–  “Sentido bíblico literal”: Si bien el sentido literal es común a la Biblia y a las “otras ciencias”, hablamos ya de sentido bíblico literal para no tener que señalar en un innecesario segundo momento la peculiaridad bíblica de una autoría teándrica, ya que no se debe multiplicar entes ad frustra.

– “Significación por medio de las palabras bíblicas…”: Esta es la esencia del sentido literal si lo consideramos en oposición al espiritual. Se establece, a su vez, una clara fundación textual de la auténtica hermenéutica bíblica. Sin embargo, lejos de un fundamentalismo, esta definición continúa por medio de varias indicaciones, a saber:

– “…rectamente entendidas en sí, en su contexto y en la ortodoxia…”: Una recta consideración de las palabras mismas que exige una atención primaria a nivel de la crítica textual y de la lingüística. Esta consideración atiende, además, a todas las circunstancias que rodean el texto en cuestión. Sin esta información se debilita de algún modo (aunque no siempre de modo determinante, como algunos quieren) la comprensión del mismo. Además, la interpretación del texto no puede ir contra la recta fe puesto que Dios -que ha inspirado la Biblia, ha custodiad la trasmisión del depositum fidei y asiste al Magisterio de la Iglesia de todos los tiempos- no puede caer en contradicción[1].

– “…según la intención del autor…”: La intención del autor es la que determina en definitiva el contenido semántico de sus expresiones, aunque no por esto debemos desligarla completamente de la significación objetiva y universal que las palabras tienen en sí. Sin embargo, en el campo de la revelación sobrenatural se debe considerar seriamente este punto, especialmente por la desproporción que se da entre la realidad manifestada y el medio de expresión.

– “…humano y del divino…”: El concepto moderno de sentido literal ha querido huir de la -sólo aparente- “esquizofrenia teándrica” y ha terminado limitando acientíficamente la intención del texto bíblico a la del hagiógrafo. Es más, actualmente se presenta esta parcialización gratuita como la esencia del sentido literal, descuidando, sin más, la naturaleza misma del objeto de estudio.

– “…sea de modo propio o impropio”: Aclaración tomista importante porque los diversos modos de expresión por medio de palabras no determinan otros sentidos distintos del literal. Ya sea a nivel de recursos literarios menores (metáforas, figuras, hipérboles, etc.) o mayores (parábolas, alegorías gramaticales, etc.) como a nivel de los géneros literarios, no debemos confundirnos con el sentido bíblico espiritual que significa, con propiedad, a través de realidades (cosa que no pueden hacer los hombres por más talento literario que posean).

 

Sentido bíblico espiritual:

–  “Sentido bíblico espiritual”: Ahora sí al decir “bíblico” queremos explicitar la total exclusividad de este sentido con respecto a la sagrada Escritura.

– “Significación por medio de las realidades significadas por las palabras de la Biblia…”: El descuido de esta clara y simple distinción produce confusión y hastío con respecto a la entera doctrina. La riqueza y complejidad que luego veremos deben posarse sobre esta forma de significación tal y cual la explica santo Tomás. “Espiritual” no debe confundirse con “piadoso” o “de provecho para el espíritu”; de hecho, hay más cosas piadosas y provechosas en sentido literal que en sentido espiritual. Hay que ser estrictos al hablar de sentidos espirituales y ese rigor científico inicia con esta simple distinción que el Aquinate repite varias veces, según vimos.

“…según la disposición de su Autor principal”: Es la omnipotencia del Creador y Gobernador de las cosas la que ordena las mismas realidades, indicadas en el texto bíblico, para que sean una res significativa. Y como las palabras son “voces que significan a voluntad”[2], así, el contenido semántico de estas “realidades significativas” responden a la voluntad (a la intención) del Único que puede “pronunciarlas” para que sean; por esto, la humildad del hermeneuta debe ser máxima. Por otra parte, remarquemos que el gran valor de este peculiar sentido (el espiritual) es debido al importante papel que desempeña dentro de la pedagogía del Revelador.

 

Sentidos bíblicos espirituales… alegórico, moral y anagógico:

– “Sentidos bíblicos espirituales”: Nunca se confunde un sentido espiritual ni con la alegoría gramatical, ni con preceptos morales ni con referencias escatológicas significados por medio de palabras, es decir, en sentido literal. Hay una diferencia esencial en el modo de significar.

“…por el que unas realidades anteriores (en tiempo o naturaleza)…”: Para que la definición sea precisa, comprehensiva y diáfana a la vez, usamos los términos “anteriores” y “posteriores” como significante y significado, y explicamos que esta primacía puede ser “temporal” o “de naturaleza” puesto que no solo el Antiguo es figura del Nuevo, y la Iglesia presente lo es de la futura, sino que lo mismo sucede entre Cabeza y miembros del único Cuerpo místico que trasciende lo temporal.

– “…significan otras posteriores en sí mismas consideradas…, en referencias a sus actos… o… en cuanto últimas.”: En esto se ve una distinción fundamental entre los tres sentidos espirituales, aunque no podemos afirmar que no hayan otras diferencias según modos diversos de consideración. No debemos olvidar que hay muchos elementos comunes y muchas interrelaciones que enriquecen esta profunda doctrina. Bástenos acá con destacar estas distinciones que el Aquinate determina.

 

b. Diversas reglas y principios

Una vez expuestos los puntos fundamentales de nuestro tema, podemos extraer algunos principios significativos que el Aquinate va estableciendo en diversos lugares y que, estando involucrados en raciocinios más complejos, conviene individualizarlos y reunirlos para volverlos evidentes.

El sentido literal funda los demás sentidos y éstos a su vez lo suponen: se establece así la universalidad del sentido literal (toda la Biblia está primaria y necesariamente en sentido literal) y la íntima y lógica unidad que se da entre los diversos sentidos.

El sentido espiritual es peculiaridad de la sagrada Escritura: no es el sentido fundante, pero sí es el propio de la Escritura en cuanto que ninguna otra literatura puede tener este modo de significación, si no solo la que tenga a Dios por autor.

Para argumentar hay que ir al sentido literal aunque el espiritual no puede despreciarse sin despreciar la sabia pedagogía divina: la impotencia demostrativa del espiritual no debe conducirnos a su desprecio, puesto que el mismo Dios lo ha establecido en atención a nosotros, a nuestra debilidad. Sin embargo, se destaca el vigor argumentativo del literal porque sólo a partir de él se puede proceder de modo determinado evitando así la ambigüedad.

Si hay algo necesario para la salvación en sentido espiritual, está en otro lugar en sentido literal: acá se refuerza el principio anterior mostrando que la Teología argumentativa posee todos los elementos necesarios para su objetivo de presentar sistemáticamente el mensaje salvífico. No quita sin embargo que el sentido espiritual sea grandemente útil para la salvación.

No siempre debemos buscar los cuatro sentidos: puesto que esto no siempre es posible; un caso ya visto es el de la referencia bíblica a lo escatológico en sentido literal que no tiene más sentidos porque las cosas últimas “no son figuras de otras, sino que ellas son figuradas por todas las demás”[3].

Lo falso y lo herético no puede ser atribuido a la Escritura: criterio importantísimo para ayudar a la inteligencia en la búsqueda de lo que la supera, excluyendo algunas cosas, incluyendo otras, siempre según que repugnen o no a este principio.


[1] La nota de ortodoxia en la definición del sentido literal se extrae de lo dicho ya sea en los textos analizados (sobre todo en el texto del De potentia) como en otros textos que no hemos tratados (por ejemplo en Scriptum super libros Sententiarum, II, d. 12, q. 1, a. 2, ad 7 se usa la expresión “salva tamen fide” como condición para aceptar la posible diversidad de interpretaciones). Además es de notar ya acá que en la praxis exegética del Aquinate esta nota será un criterio constante para excluir ciertas opiniones y legitimar otras.

[2] “[] vox significativa ad placitum”. Santo Tomás de Aquino, Expositio Libri Peryermeneias, l. 1, lect. 5, n. 3; l. 1, lect. 10, n. 2.

[3] “Illa vero quae secundum sensum litteralem pertinent ad statum gloriae, nullo alio sensu consueverunt exponi; eo quod ipsa non sunt figura aliorum, sed ab omnibus aliis figurata”. Santo Tomás de Aquino, Quaestiones de quolibet, VII, q. 6, a. 2, ad 5.

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