Decreto de Reforma de los estudios eclesiásticos de Filosofía, Congr. para la Educación Católica 2011

Decreto de Reforma de los estudios eclesiásticos de Filosofía

Preámbulo

I. El contexto actual

1. En la obra de evangelización del mundo, la Iglesia sigue con atención y con discernimiento los rápidos cambios culturales que se suceden, los cuales influyen sobre ella y sobre toda la sociedad. Entre las transformaciones de la cultura dominante, algunas, particularmente profundas, afectan a la concepción de la verdad. En efecto, muy a menudo, se advierte una desconfianza relacionada con la capacidad de la inteligencia humana de alcanzar una verdad objetiva y universal, con la cual las personas puedan orientarse en su vida. Además, el impacto de las ciencias humanas y las consecuencias del desarrollo científico y tecnológico provocan nuevos desafíos para la Iglesia.

2. Con la Carta Encíclica Fides et Ratio, el papa Juan Pablo II ha querido reafirmar la necesidad de la filosofía para progresar en el conocimiento de la verdad y para hacer siempre más humana la existencia terrena. De hecho, la filosofía “contribuye directamente a formular la pregunta sobre el sentido de la vida y a trazar la respuesta”[1]. Esta pregunta nace, tanto de la maravilla que el hombre experimenta ante las personas y el cosmos, como de las experiencias dolorosas y trágicas que acometen su vida. El saber filosófico se configura, entonces, como “una de las tareas más nobles de la humanidad”[2].

II. La “vocación originaria” de la filosofía

3. Las corrientes filosóficas se han multiplicado en el transcurso de la historia, manifestando la riqueza de las búsquedas rigurosas y sapienciales de la verdad. Si la sabiduría antigua ha contemplado el ser bajo la perspectiva del cosmos, el pensamiento patrístico y medieval lo ha profundizado y purificado descubriendo en el cosmos la creación libre de un Dios sabio y bueno (cfr. Sb 13,1-9;Hch 17,24-28). Las filosofías modernas han valorizado especialmente la libertad del hombre, la espontaneidad de la razón y su capacidad de medir y dominar el universo. Recientemente, un cierto número de corrientes contemporáneas, más sensibles a la vunerabilidad de nuestro saber y de nuestra humanidad, ha concentrado la propia reflexión sobre las mediaciones del lenguaje[3] y de la cultura. Finalmente, ¿cómo, no recordar, más allá del pensamiento occidental, los numerosos y en algunas ocasiones los notables esfuerzos de compresión del hombre, del mundo y del Absoluto, realizados en las diferentes culturas, por ejemplo asiáticas y africanas? Sin embargo, esta generosa exploración del pensar y del decir no debe en ningún modo, olvidar su radicación en el ser. El “elemento metafísico es el camino obligado para superar la situación de crisis que afecta hoy a grandes sectores de la filosofía y para corregir así algunos comportamientos erróneos difundidos en nuestra sociedad”[4]. En esta prospectiva, los filósofos están invitados a recuperar con fuerza la “vocación originaria” de la filosofía[5]: la búsqueda de lo verdadero y su dimensión sapiencial y metafísica.

4. La sabiduría considera los principios primeros y fundamentales de la realidad, y busca el sentido último y pleno de la existencia, permitiéndose, de esta forma, ser “la instancia crítica decisiva que señala a las diversas ramas del saber científico su fundamento y su límite”, y situarse “como última instancia de unificación del saber y del obrar humano, impulsándolos a avanzar hacia un objetivo y un sentido definitivos”[6]. El carácter sapiencial de la filosofía implica su “alcance auténticamente metafísico, capaz de trascender los datos empíricos para llegar, en su búsqueda de la verdad, a algo absoluto, último y fundamental”[7], si bien conocido progresivamente a lo largo de la historia. De hecho, la metafísica o filosofía primera trata del ente y de sus atributos y, de esta forma, se eleva al conocimiento de las realidades espirituales, buscando la Causa primera de todo[8]. Sin embargo, este subrayado del carácter sapiencial y metafísico no se debe entender como una concentración exclusiva sobre la filosofía del ser, ya que todas las diversas partes de la filosofía son necesarias para el conocimiento de la realidad. Es más, el propio campo de estudio y el método específico de cada una se deben respetar en nombre de la adecuación a la realidad y de la variedad de los modos humanos de conocer.

III. La formación filosófica en el horizonte de una razón abierta

5. Frente al “aspecto sectorial del saber” que “en la medida en que comporta una aproximación parcial a la verdad, con la consiguiente fragmentación del sentido, impide la unidad interior del hombre contemporáneo”, resuenan con fuerza estas palabras de Juan Pablo II: “Asumiendo lo que los Sumos Pontífices desde algún tiempo no dejan de enseñar y el mismo Concilio Ecuménico Vaticano II ha afirmado, deseo expresar firmemente la convicción de que el hombre es capaz de llegar a una visión unitaria y orgánica del saber. Éste es uno de los cometidos que el pensamiento cristiano deberá afrontar a lo largo del próximo milenio de la era cristiana”[9].

6. En la prospectiva cristiana, la verdad no puede estar separada del amor. Por una parte, la defensa y la promoción de la verdad son una forma esencial de caridad: “Defender la verdad, proponerla con humildad y convicción y testimoniarla en la vida son formas exigentes e insustituibles de caridad”[10]. Por otra parte, sólo la verdad permite una caridad verdadera. “La verdad es luz que da sentido y valor a la caridad”[11]. Finalmente, la verdad y el bien están estrechamente conectados: “La verdad significa algo más que el saber: el conocimiento de la verdad tiene como finalidad el conocimiento del bien. Este es también el sentido del interrogante socrático: ¿Cuál es el bien que nos hace verdaderos? La verdad nos hace buenos y la bondad es verdadera”[12]. Mediante la propuesta de una visión orgánica del saber que no está separada del amor, la Iglesia puede aportar su específica contribución, capaz de incidir eficazmente también en los proyectos culturales y sociales[13].

7. Por esto, la filosofía que se cultiva al interno de la Universidad está llamada en primer lugar a acoger el reto de ejercitar, desarrollar y defender una racionalidad de ‘horizontes más amplios’, mostrando que “es de nuevo posible ensanchar los espacios de nuestra racionalidad […], conjugar entre sí la teología, la filosofía y las ciencias, respetando plenamente […]su recíproca autonomía, pero siendo también conscientes de su unidad intrínseca[14]. En el plano institucional, volver a encontrar “este gran logos”, “esta gran amplitud de la razón” es propiamente la gran tarea de la Universidad[15].

IV. La formación filosófica en los Institutos eclesiásticos de Estudios superiores

8. La Iglesia ha alimentado siempre una gran solicitud por la filosofía. En efecto, la razón – de la cual la creación dota a cada persona – es una de las dos alas con las cuales el hombre se eleva hacia la contemplación de la verdad, y la sabiduría filosófica constituye el vértice que la razón puede alcanzar[16]. En un mundo rico de conocimientos científicos y técnicos, pero amenazado por el relativismo, sólo la “horizonte sapiencial”[17] aporta la visión integral y la confianza en la capacidad que tiene la razón de servir a la verdad. He aquí el motivo por el cual la Iglesia alienta vivamente una formación filosófica de la razón abierta a la fe, sin confusión ni separación[18].

9. Además, la filosofía es indispensable para la formación teológica. En efecto, “la teología ha tenido siempre y continúa teniendo necesidad de la aportación filosófica”[19]. Facilitando la profundización de la Palabra de Dios revelada, con su carácter de verdad trascendente y universal, la filosofía evita de quedarse en el nivel de la experiencia religiosa. Justamente se ha observado que “la crisis de la teología postconciliar se debe en gran parte a la crisis de sus fundamentos filosóficos […] Cuando los fundamentos filosóficos no vienen clarificados, a la teología le falta el terreno sobre el cual se sostiene; ya que, entonces, no queda claro hasta que punto el hombre conoce verdaderamente la realidad, ni cuales son las bases a partir de las que él puede pensar y hablar”[20].

10. Finalmente, la preparación filosófica constituye, en modo particular, “un momento esencial de la formación intelectual” para los futuros sacerdotes: “Sólo una sana filosofía puede ayudar a los candidatos al sacerdocio a desarrollar una conciencia refleja de la relación constitutiva que existe entre el espíritu humano y la verdad, la cual se nos revela plenamente en Jesucristo”[21]. En efecto, “el estudio de la filosofía tiene un carácter fundamental e imprescindible en la estructura de los estudios teológicos y en la formación de los candidatos al sacerdocio. No es casual que el curriculum de los estudios teológicos vaya precedido por un período de tiempo en el cual está previsto una especial dedicación al estudio de la filosofía”[22].

11. Una adecuada formación filosófica en el ámbito de las Instituciones académicas eclesiásticas debe comprometer tanto a los “habitus” intelectuales como a los contenidos.

Con la adquisición de los “habitus” intelectuales, científicos y sapienciales, la razón aprende a conocer más allá de los datos empíricos. En modo particular, el debate intelectual en una sociedad pluralista, fuertemente amenazada por el relativismo y por las ideologías, o bien en una sociedad donde falta una auténtica libertad, exige de parte de los estudiantes de las Facultades eclesiásticas, la adquisición de una sólida forma mentis filosófica. Estos “habitus” permiten pensar, conocer y razonar con precisión, y también dialogar con todos en modo incisivo y sin temores.

La dimensión de los “habitus” está, de todas formas, enlazada con la asimilación de los contenidos firmemente adquiridos, es decir, brota del conocimiento y de la profundización de las verdades más importantes adquiridas por el empeño filosófico, a veces con la influencia de la Revelación divina. Para llegar al conocimiento riguroso y coherente del hombre, del mundo y de Dios[23], se requiere que la enseñanza de la filosofía se base en el “patrimonio filosófico perennemente válido”, que se ha ido desarrollando a través de la historia, y, al mismo tiempo, se abra para acoger las contribuciones que la investigación filosófica ha aportado y continúa aportando[24]. Entre las verdades fundamentales, algunas tienen un carácter central y particularmente actual: la capacidad de alcanzar una verdad objetiva y universal y un conocimiento metafísico válido[25]; la unidad cuerpo-alma en el hombre[26]; la dignidad de la persona humana[27]; las relaciones entre la naturaleza y la libertad[28]; la importancia de la ley natural y de las “fuentes de la moralidad”[29], en particular, del objeto del acto moral[30]; la necesaria conformidad de la ley civil y de la ley moral[31].

12. Ya sea para la adquisición de los “habitus” intelectuales, como también para la asimilación madura del patrimonio filosófico, tiene un lugar relevante la filosofía de San Tomás de Aquino, quien ha sabido poner “la fe en una relación positiva con la forma de razón dominante en su tiempo”[32]. Por esto, es llamado aún en nuestros tiempos “apóstol de la verdad”[33]. En efecto, “precisamente porque la buscaba [la verdad] sin reservas, supo reconocer en su realismo la objetividad de la verdad. Su filosofía es verdaderamente la filosofía del ser y no del simple parecer”[34]. La preferencia atribuída por la Iglesia a su método y a su doctrina no es exclusiva, sino “ejemplar”[35].

V. La presente reforma de los estudios de filosofía

13. La Congregación para la Educación Católica, en su interés por hacer siempre más operativas las orientaciones de la Iglesia en vista a una mayor eficacia en la evangelización, advierte, en este momento, la necesidad de actualizar algunos puntos de la Constitución Apostólica Sapientia christiana y de las Ordinationes de este Dicasterio[36]. La presente reforma de los estudios eclesiásticos de filosofía pretende ayudar a las Instituciones eclesiásticas de enseñanza superior a ofrecer una contribución apropiada a la vida eclesial y cultural de nuestro tiempo.

14. Es oportuno hacer una clara distinción entre los estudios de las Facultades eclesiásticas de Filosofía y el recorrido filosófico que forma parte integrante de los estudios en una Facultad de Teología, o bien en un Seminario. En una institución donde se disponga al mismo tiempo de una Facultad eclesiástica de Filosofía y de una Facultad de Teología, cuando los cursos de filosofía que forman parte del primer ciclo quinquenal de teología se han cumplidos – según su índole específico y la normativa vigente – en dicha Facultad de Filosofía, la autoridad que decide el programa es el Decano de la Facultad de Teología, respetando la ley vigente y valorando la estrecha colaboración que existe con la Facultad de Filosofía.

Orientado hacia la formación teológica y estructurado según tal exigencia, este recorrido filosófico no permite obtener un título académico en filosofía válido canónicamente. Dicho recorrido se concluye con un certificado de los estudios filosóficos, carente del valor del título académico y emanado solamente para certificar – conforme a la nueva normativa – los cursos frecuentados y los créditos obtenidos en el ámbito de la formación filosófica.

15. La reforma tiene tres campos de actuación:

a) La Facultad Eclesiástica de Filosofía

En el 1979, la Constitución Apostólica Sapientia christiana, reestructurando los tres ciclos de la Facultad de Filosofía[37], confirmó para el primero de ellos una duración de dos años[38]. La experiencia de más de 30 años ha llevado, gradualmente, a tomar conciencia que para alcanzar más plenamente los objetivos indicados por la mencionada Constitución Apostólica para la filosofía y, en particular, para que el estudiante llegue “a una síntesis doctrinal sólida y coherente”[39], son necesarios tres años de formación. De hecho, un cierto número de Facultades y de Institutos han tomado ya la iniciativa de ofrecer una formación que se concluya con el Bachillerato eclesiástico en Filosofía, después de un trienio. En este contexto, se pide a todas las Facultades eclesiásticas de Filosofía que participen en la evolución de la generalizada praxis universitaria, también en cuanto respecta a la duración de los grados académicos, de modo que el trienio de estudios filosóficos sea conditio sine qua nonpara obtener un primer título de estudios de filosofía, académicamente reconocidos.

El segundo ciclo continúa comprendiendo un bienio de especialización, después del cual se concede la Licencia. El tercer ciclo o Doctorado de investigación, de al menos tres años, está destinado principalmente a aquellos que se preparan para una enseñanza de grado superior, en la cual la investigación constituye un elemento esencial también para nutrir sólidamente la docencia.

b) La Formación filosófica en las Facultades de Teología y en los Seminarios

Se precisa la duración de la formación filosófica como parte integrante de los estudios de teología en las Facultades de Teología o en los Seminarios. Sin perder la propia autonomía, esta formación filosófica, que reclama el saber teológico[40], permite que el estudiante, que ha adquirido la metodología justa y la hermenéutica filosófica y teológica, pueda afrontar adecuadamente los estudios propiamente teológicos y encuentre su momento personal de síntesis al final de los estudios filosófico-teológicos.

Una mezcla excesiva de materias filosóficas y teológicas – o también de otro tipo – tiene como consecuencia entre los estudiantes una defectuosa formación de los respectivos “habitus” intelectuales y una confusión entre las metodologías de las diversas disciplinas y su específico estatuto epistemológico. Para desterrar el creciente riesgo del fideísmo y evitar tanto una instrumentalización como una fragmentación de la filosofía, es en gran manera recomendable que los cursos de filosofía estén concentrados en los primeros dos años de la formación filosófico–teológica. Estos estudios de filosofía, realizados con vista a los estudios de teología, estarán unidos, en el arco de dicho bienio, a los cursos introductorios de teología.

Todo aquello que concierne a la duración, al número de créditos y al contenido del estudio de la filosofía, será aplicado también en los países donde el estudio de la “filosofía” se integra en el programa de Bachillerato de un Instituto superior católico, fuera de una Facultad eclesiástica.

c) La cualificación del Cuerpo Docente

La grave responsabilidad de asegurar una formación filosófica para los estudiantes, exige contar con docentes con grados académicos obtenidos en Instituciones eclesiásticas (Facultades eclesiásticas de Filosofía, de Teología e Institutos afiliados y agregados) y dotados de una preparación científica apropiada, capaces de presentar de manera actualizada el fecundo patrimonio de la tradición cristiana[41].

16. Teniendo en cuenta estas diversas constataciones, se actualizan los artículos de la Constitución Apostólica Sapientia christiana y las respectivas Ordinationes de la Congregación para la Educación Católica, en relación a:

– el número de años para conseguir el Bachillerato en Filosofía;

– el contenido de los estudios de primer ciclo de una Facultad eclesiástica de Filosofía;

– el cursus studiorum del bienio de filosofía que forma parte integrante del primer ciclo de una Facultad de Teología o de un Seminario, o bien dentro de la formación universitaria (cfr. Preámbulo, 15 b);

– la definición de algunas normas relativas al cuerpo docente;

– la afiliación de un trienio de filosofía.

Parte II: NORMAS de la Constitución ApostólicaSapientia christiana

Las partes de la Constitución Apostólica Sapientia christiana que permanecen invariadas son presentadas en cursiva.

Se propone la siguiente revisión:

Art. 72. a) [El plan de estudios de la Facultad de Teología]

El currículum de los estudios de la Facultad de Sagrada Teología comprende:

a) el primer ciclo, institucional, que dura un quinquenio o diez semestres, o también un trienio, si anteriormente se ha exigido un bienio de filosofía.

Los primeros dos años han de ser dedicados, en mayor manera, a una sólida formación filosófica, necesaria para afrontar adecuadamente el estudio de la teología. El obtenido en una Facultad eclesiástica de Filosofía sustituye a los cursos de filosofía del primer ciclo en las Facultades teológicas. El Bachillerato en Filosofía, obtenido en una Facultad no eclesiástica, no supone un motivo para dispensar completamente a un estudiante de los cursos filosóficos del primer ciclo en las Facultades teológicas.

Las disciplinas teológicas deben ser enseñadas de modo que se ofrezca una exposición orgánica de toda la doctrina católica junto con la introducción al método de la investigación científica.

El ciclo se concluye con el grado académico del Bachillerato o con otro grado similar tal como se precisará en los Estatutos de la Facultad.

Art. 81 [El plan de estudios en la Facultad eclesiástica de Filosofía]

El currículum de los estudios de la Facultad de Filosofía comprende:

a) el primer ciclo institucional, durante el cual a lo largo de un trienio o seis semestres, se hace una exposición orgánica de las distintas partes de la filosofía que tratan del mundo, del hombre y de Dios, como también de la historia de la filosofía, juntamente con la introducción al método de investigación científica;

b) el segundo ciclo, en el cual se inicia la especialización y durante el cual, por espacio de un bienio o cuatro semestres y mediante el estudio de disciplinas especiales y seminarios, se abre camino a una reflexión más profunda sobre alguna parte de la filosofía;

c) el tercer ciclo, en el cual, durante un período de al menos tres años, se promueve la madurez filosófica, especialmente a través de la elaboración de la tesis doctoral.

Art. 83 [Diplomas requeridos a los estudiantes]

Para que uno pueda inscribirse al primer ciclo de la Facultad de Filosofía es necesario que haya terminado antes los estudios requeridos a tenor del art. 32 de esta Constitución Apostólica.

Dado el caso de un estudiante, que habiendo completado con éxito los cursos regulares de filosofía del primer ciclo en una Facultad Teológica, quisiera proseguir los estudios filosóficos para obtener el Bachillerato en una Facultad eclesiástica de Filosofía, se deberá tener en cuenta los cursos aprobados durante el mencionado ciclo.

NORMAS APLICATIVAS [Ordinationes]

Art. 51. 1° a) [El plan de estudios de la Facultad de Teología]

Las disciplinas obligatorias son:

1° En el primer ciclo:

a) – Las disciplinas filosóficas que se requieren para la Teología, como son en primer lugar la filosofía sistemática y la historia de la filosofía (antigua, medieval, moderna, contemporánea). La enseñanza sistemática, además de una introducción general, deberá comprender las partes principales de la filosofía: 1) metafísica (entendida como filosofía del ser y teología natural), 2) filosofía de la naturaleza, 3) filosofía del hombre, 4) filosofía moral y política, 5) lógica y filosofía del conocimiento.

– Excluidas las ciencias humanas, las disciplinas estrictamente filosóficas (cfr. Ord., Art. 60, 1º a) deben constituir al menos el 60% del número de los créditos de los dos primeros años. Cada año deberá prever un número de créditos adecuados a un año de estudios universitarios a tiempo completo.

– Es en gran manera recomendable que los cursos de filosofía estén concentrados en los dos primeros años de la formación filosófico-teológica. Estos estudios de filosofía, realizados en razón de los estudios de teología, estarán unidos en el arco de este bienio, a los cursos introductorios de la teología.

Art. 52

En el quinquenio institucional hay que procurar con diligencia que todas las disciplinas sean explicadas con orden, amplitud y método propio, de manera que concurran armónica y efizcamente al objeto de ofrecer a los alumnos una formación sólida, orgánica y completa en materia teológica, gracias a la cual se les capacite para proseguir los estudios superiores del segundo ciclo, así como para ejercer convenientemente determinados oficios eclesiásticos.

Art. 52 bis [Titulaciones de los profesores de filosofía de la Facultad de Teología]

El número de profesores que enseñen filosofía debe ser de al menos tres, provistos de los títulos filosóficos requeridos (cfr. Ord., Art. 17 y 61, b). Deben ser estables, es decir, dedicados a tiempo completo a la enseñanza de la filosofía y a la investigación en este campo.

Art. 59 [Objetivos de la Facultad eclesiástica de Filosofía]

§ 1. La investigación y la enseñanza de la filosofía en una Facultad eclesiástica de Filosofía deben basarse “en el patrimonio filosófico perennemente válido”[42], que se ha desarrollado a lo largo de la historia, teniendo en cuenta particularmente la obra de Santo Tomás de Aquino. Al mismo tiempo, la filosofía enseñada en una Facultad eclesiástica deberá estar abierta a las contribuciones que las investigaciones más recientes han aportado y continúan aportando. Se requerirá subrayar la dimensión sapiencial y metafísica de la filosofía.

§ 2. En el primer ciclo, la Filosofía se enseñe de manera que los alumnos del ciclo institucional logren una síntesis doctrinal, sólida y coherente, aprendan a examinar y a juzgar los diversos sistemas filosóficos y se acostumbren gradualmente a una mentalidad filosófica personal. Si los estudiantes del primer ciclo de los estudios teológicos frecuentan los cursos del primer ciclo de la Facultad de Filosofía, se preste atención a que sea salvaguardada la especificidad del contenido y del objetivo de cada proceso formativo. Al terminar la formación filosófica no será entregado ningún título académico en filosofía (cfrSap. Chr., Art. 72 a), pero los estudiantes podrán solicitar un certificado que reconozca los cursos frecuentados y los créditos obtenidos.

§ 3. La formación obtenida en el primer ciclo podrá ser perfeccionada en el ciclo sucesivo de inicio de especialización mediante la mayor concentración sobre una parte de la filosofía y un mayor empeño por parte del estudiante en la reflexión filosófica.

§ 4. Es oportuno hacer una clara distinción entre los estudios de las Facultades eclesiásticas de filosofía y el recorrido filosófico que forma parte integrante de los estudios en una Facultad de teología o en un Seminario. En una institución donde se hallen contemporáneamente tanto una Facultad eclesiástica de Filosofía como una Facultad de Teología, cuando los cursos de filosofía que forman parte del primer ciclo quinquenal de teología se realizan en la Facultad de Filosofía, la autoridad que decide el programa es el Decano de la Facultad de Teología, respetando la ley vigente y valorando la colaboración estrecha con la Facultad de Filosofía.

Art. 60 [El plan de estudios de la Facultad eclesiástica de Filosofía]

Las disciplinas enseñadas en los diversos ciclos son:

1° En el primer ciclo:

a) Las materias obligatorias fundamentales:

– Una introducción general que pretenderá, en modo particular, mostrar la dimensión sapiencial de la filosofía.

– Las disciplinas filosóficas principales: 1) metafísica (entendida como filosofía del ser y teología natural), 2) filosofía de la naturaleza, 3) filosofía del hombre, 4) filosofía moral y política, 5) lógica y filosofía del conocimiento. Dada la importancia particular de la metafísica, a esta disciplina le deberá corresponder un adecuado número de los créditos.

– La historia de la filosofía: antigua, medieval, moderna y contemporánea. El examen atento de las corrientes que han tenido mayor influencia, será acompañado, cuando sea posible, de una lectura de textos de los autores más significativos. Se añadirá, en función de las necesidades, un estudio de filosofías locales.

Las materias obligatorias fundamentales deben constituir al menos el 60% y no superar el 70% del número de los créditos del primer ciclo.

b) Las materias obligatorias complementarias:

– El estudio de las relaciones entre razón y fe cristiana, o sea, entre filosofía y teología, desde un punto de vista sistemático e histórico, con la atención puesta en salvaguardar, tanto la autonomía de los propios campos como su vinculación mútua[43].

– El latín, en modo de poder comprender las obras filosóficas (especialmente de los autores cristianos) redactadas en dicha lengua. Un tal conocimiento del latín se debe verificar en el arco de los primeros dos años.

– Una lengua moderna diferente de la propia lengua madre, cuyo conocimiento se debe verificar antes de finalizar el tercer año.

– Una introducción a la metodología de estudio y del trabajo científico que favorezca el uso de los instrumentos de la investigación y la práctica del discurso argumentativo.

c) Las materias complementarias opcionales:

– Elementos de literatura y de las artes ;

– Elementos de alguna ciencia humana y de alguna ciencia natural (por ejemplo: psicología, sociología, historia, biología, física). Se controle, de manera particular, que se establezca una conexión entre las ciencias y la filosofía.

– Alguna otra disciplina filosófica opcional, por ejemplo: filosofía de las ciencias, filosofía de la cultura, filosofía del arte, filosofía de la técnica, filosofía del lenguaje, filosofía del derecho, filosofía de la religión.

2° En el segundo ciclo:

– Algunas disciplinas especiales que serán distribuidas oportunamente en las varias secciones según las diversas especializaciones, con las respectivas ejercitaciones y seminarios, incluyendo también una tesina escrita.

– El conocimiento o la profundización del griego antiguo, o de una segunda lengua moderna, además de aquella exigida en el primer ciclo o la profundización de esta última.

3° En el tercer ciclo:

Los Estatutos de la Facultad determinarán si se deben enseñar disciplinas especiales y cuáles son éstas, con sus ejercitaciones y seminarios. Será necesario el aprendizaje de otra lengua o la profundización de algunas de las lenguas estudiadas precedentemente.

Art. 61 [Docentes de la Facultad eclesiástica de Filosofía]

a) La Facultad debe emplear de modo estable al menos siete docentes debidamente cualificados de modo que puedan asegurar la enseñanza de cada una de las materias obligatorias fundamentales (cfr. Ord., Art. 60, 1°; Art. 45, § 1, b).

En particular: el primer ciclo debe tener al menos cinco docentes estables distribuidos del siguiente modo: uno en metafísica; uno en filosofía de la naturaleza; uno en filosofía del hombre; uno en filosofía moral y política; uno en lógica y en filosofía del conocimiento.

Para el resto de las materias, obligatorias y opcionales, la Facultad puede pedir la ayuda de otros docentes.

b) Un docente queda habilitado para enseñar en una Institución eclesiástica si ha conseguido los grados académicos requeridos en el seno de una Facultad eclesiástica de Filosofía (cfr.Ord., Art. 17).

c) Si el docente no está en posesión de un Doctorado canónico ni de una Licencia canónica, podrá ser contado como profesor estable sólo con la condición que su formación filosófica sea coherente con el contenido y el método que se propone en una Facultad eclesiástica. Al valorar los candidatos a la enseñanza en una Facultad eclesiástica de Filosofía se deberá considerar: la necesaria competencia en la materia asignada; una oportuna apertura a la visión de conjunto del saber; la adhesión en sus publicaciones y en sus actividades didácticas a la verdad enseñada por la fe; un conocimiento adecuadamente profundizado de la armoniosa relación entre fe y razón.

d) Se necesitará, garantizar que una Facultad eclesiástica de Filosofía tenga siempre una mayoría de docentes estables en posesión de un Doctorado eclesiástico en filosofía, o de una Licencia eclesiástica en una ciencia sagrada junto a un Doctorado en filosofía conseguido en una Universidad no eclesiástica.

Art. 62 [Algunas normas particulares para la Facultad eclesiástica de Filosofía y el Instituto afiliado]

En general, para que un estudiante pueda ser admitido en el segundo ciclo de filosofía, es necesario que haya obtenido el Bachillerato eclesiástico en Filosofía.

Si un estudiante ha hecho estudios filosóficos en una Facultad no eclesiástica de Filosofía, en una Universidad católica o en otro Instituto de Estudios superiores, puede ser admitido al segundo ciclo sólo después de haber demostrado, con un examen apropiado, que su preparación es conciliable con aquella propuesta por una Facultad eclesiástica de Filosofía y haber completado eventuales lagunas en relación a los años y al plan de estudio previsto para el primer ciclo en base a las presentes Ordinationes. La elección de los cursos deberá favorecer una síntesis de las materias recibidas (cfr. Sap. Chr., Art. 81, a). Al terminar estos estudios integrativos, el estudiante será admitido en el segundo ciclo, sin recibir el Bachillerato eclesiástico en Filosofía.

Art. 62 bis [Adecuación de las normas para la afiliación y la agregación filosófica]

§ 1 Teniendo en cuenta la reforma del primer ciclo de tres años de los estudios eclesiásticos de filosofía que se concluye con el Bachillerato en Filosofía, la afiliación filosófica debe estar en conformidad con todo lo que ha sido decretado para el primer ciclo, en cuanto al número de años y al programa de los estudios (cfr. Ord., Art. 60, 1°); el número de los docentes estables en un instituto filosófico afiliado debe ser al menos de cinco con las cualificaciones requeridas (cfr. Ord., Art. 61).

§ 2 Teniendo en cuenta la reforma del segundo ciclo de dos años de los estudios eclesiásticos de filosofía que se concluyen con la Licencia en filosofía, la agregación filosófica debe estar en conformidad con aquello que ha sido decretado para el primer y para el segundo ciclo, en cuanto al número de años y al plan de estudios (cfr. Sap. Chr., Art. 72 a y b; Ord., Art. 60); el número de docentes estables en un instituto filosófico agregado debe ser de al menos seis con las cualificaciones requeridas (cfr. Ord. Art. 61).

[Adecuación de las normas a los estudios filosóficos incluidos en el primer ciclo de un Instituto afiliado en teología]

§ 3 Teniendo en cuenta la reforma de los estudios filosóficos incluidos en el primer ciclo filosófico-teológico que se concluye con el Bachillerato en Teología, la formación filosófica de un Instituto afiliado en Teología debe estar en conformidad con aquello que ha sido decretado en cuanto al plan de estudios (cfr. Ord., Art 51, 1º); el número de docentes estables en Filosofía debe ser de al menos dos.

Normas transitorias

Art. 65. Con la entrada en vigor del presente Decreto, quedan abrogados los artículos 72, 81 y 83 de la Constitución Apostólica Sapientia christiana y los artículos 51, 52, 59, 60, 61 y 62 de las Ordinationes.

Art. 66. Todas las Instituciones académicas eclesiásticas de Teología y de Filosofía deben adecuarse al presente Decreto al iniciarse el año académico 2012-2013.

Quæ hoc decreto statuuntur, Summus Pontifex Benedictus XVI, in Audientia infrascripto Cardinali Præfecto recenter concessa, rata habuit et confirmavit, innovatos autem articulos 72, 81 et 83 Constitutionis Apostolicæ Sapientia christiana in forma specifica approbavit, contrariis quibuslibet non obstantibus, atque publici iuris fieri iussit.

Datum Romæ, ex ædibus eiusdem Congregationis, in memoria sancti Thomæ Aquinatis, die XXVIII mensis Ianuarii, A. D. MMXI.

Zenon Card. Grocholewski
Præfectus

Ioannes Ludovicus Brugues, O.P.
a Secretis

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[1] Carta Encíclica Fides et ratio (14 de septiembre de 1998), AAS 91 (1999) 5-88, n. 3. En la Carta, Juan Pablo II concentra la atención sobre el tema de la verdad y de su fundamento en relación con la fe, continuando así la reflexión hecha en la Carta encíclica Veritatis splendor(6 de agosto de 1993) sobre la verdad en el terreno moral (cfr. Fides et ratio, n.6), la cual abraza también algunas verdades fundamentales racionales.
[2] Fides et ratio, n. 3.
[3]Cfr. Fides et ratio, n. 84.
[4]Fides et ratio, n. 83.
[5]Cfr. Fides et ratio, n. 6.
[6] Fides et ratio, n. 81.
[7] Fides et ratio, n. 83.
[8] Cfr. S. Tomás de Aquino, Comentario a la Metafísica de Aristóteles, proemio; cfr. Benedicto XVI, Carta Encíclica Deus caritas est (25 de diciembre de 2005), AAS 98 (2006), 217-252, n. 9.
[9]Fides et ratio, n. 85.
[10]Benedicto XVI, Carta Encíclica Caritas in veritate (29 de junio de 2009), OR (8 de Julio de 2009), 4-5, n. 1.
[11]Caritas in veritate, n. 3.
[12]Benedicto XVI, Alocución para el encuentro con la Universidad de los Estudios de Roma “La Sapienza”, 17 de enero de 2008, OR (17 de enero de 2008), 4-5.
[13]Cfr. Caritas in veritate, n. 5.
[14]Benedicto XVI, Discurso a los participantes de la IV Convención Eclesial Nacional, Verona, 19 de octubre de 2006, OR (20 de octubre de 2006), 6-7.
[15]Benedicto XVI, Encuentro con los representantes de la ciencia en el Aula Magna de la Universidad de Regensburg (12 de septiembre de 2006), AAS 98 (2006), 728-739.
[16]“La fe y la razón son como las dos alas sobre las cuales el espíritu humano se eleva hacia la contemplación de la verdad” (Fides et ratio, Inicio).
[17]Fides et ratio, n. 106.
[18]Cfr. Fides et ratio, n. 77; cfr Deus caritas est, nn. 10, 29.
[19] Fides et ratio, n. 77.
[20] Joseph Ratzinger, “L’unità di missione e persona nella figura di Giovanni Paolo II [La unidad de misión y persona en la figura de Juan Pablo II]”, 1998, in Id., Giovanni Paolo II. Il mio amato predecessore [Juan Pablo II. Mi amado predecesor], Ciudad del Vaticano y Cinisello Basalmo, 2007, p. 16. (Traducción al español hecha por la Congregación para la Educación Católica).
[21] Juan Pablo II, Exhortación Apostólica postsinodal Pastores dabo vobis (25 de marzo de 1992), AAS 84 (1992), 657-804, n.52.
[22] Fides et ratio, n. 62; cfr Ratio fundamentalis institutionis sacerdotalis (19 de marzo de 1985), n. 59-61.
[23] Cfr. Concilio Ecuménico Vaticano II, Decreto Optatam totius, n. 15.
[24] CIC, can. 251; cfr. Sagrada Congregación para la Educación Católica, La enseñanza de la filosofía en los Seminarios (20 de enero de 1972), III, 2, Roma, 1972, pp. 11-13.
[25] Cfr. Fides et ratio, nn. 27, 44, 66, 69, 80, etc.
[26] Cfr. Veritatis splendor, AAS 85 (6 de agosto de 1993), 1133-1228, nn. 48-49.
[27]Cfr. Fides et ratio, nn. 60, 83, etc.; cfr Concilio Ecumenico Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et spes, nn. 12-22.
[28] Cfr. Veritatis splendor, nn. 46-47.
[29] Cfr. Veritatis splendor, nn. 43-44, 74; cfr Comisión Teológica Internacional, A la búsqueda de una ética universal. Una nueva mirada a la ley natural, 27 de marzo de 2009.
[30] Cfr. Veritatis splendor, n. 72.
[31] Cfr. Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitae (25 de marzo de 1995), AAS 87 (1995), 401-522, nn. 68-74; cfr. Deus caritas est, n. 28.
[32] Benedicto XVI, Discurso a la Curia Romana con motivo de la presentación de los augurios navideños, 22 de diciembre de 2005, OR (23 de diciembre de 2005), 4-6.
[33] Pablo VI, Carta apostólica Lumen Ecclesiae (20 de noviembre de 1974), AAS 66 (1974), 673-702, n. 10.
[34] Fides et ratio, n. 44; cfr. Juan Pablo II, Discurso al Pontifico Ateneo Internacional “Angelicum” (17 de noviembre de 1979), OR (19-20 de noviembre de 1979), 2-3, n. 6.
[35] Juan Pablo II, Discurso a los participantes en el VIII Congreso Tomista Internacional,13 de septiembre de 1980,OR (14 de septiembre de 1980), 1-2, n. 2.
[36]Cfr. Juan Pablo II, Constitución Apostólica Sapientia christiana, AAS 71 (1979), 469-499, art. 93.
[37] Cfr. art. 81; cfr. Pío XI, Constitución Apostólica Deus scientiarum Dominus (24 de mayo de 1931), AAS 23 (1931), 241-262, art. 41-46.
[38] Cfr. Sapientia christiana,art. 81a.
[39] Congregación para la Educación Católica, Normas aplicativas de la Constitución Apostólica Sapientia christiana (29 de abril de 1979), AAS 71 (1979), 500-521, art. 59, § 1.
[40] Cfr. Fides et ratio, n. 77.
[41] Cfr. Fides et ratio, n. 105.
[42] Cfr. CIC, can. 251 y Concilio Ecuménico Vaticano II, Decreto Optatam totius, n. 15.
[43] Cfr. Fides et ratio, n. 75, que rechaza “la teoría de la llamada ‘filosofía separada’” que “reivindica una autosuficiencia del pensamiento”, ratificando también una cierta independencia: “la filosofía manifiesta su legítima aspiración a ser un proyecto autónomo,que procede de acuerdo con sus propias leyes, sirviéndose de la sola fuerza de la razón”.

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