CAPÍTULO XXIV
Es imposible designar el ser divino por adición de alguna diferencia substancial
Puede ser también probado, atendiendo a lo ya dicho, que sobre el ser mismo divino nada se puede añadir que le distinga esencialmente, como se distingue el género por las diferencias.
Es imposible que una cosa esté en acto si no lo está todo cuanto expresa el ser substancial; el animal no puede existir en acto sin ser animal racional o irracional. De aquí que incluso los platónicos, al establecer las ideas, no consideraron como existentes por sí las ideas de los géneros, que se encuadran en el ser específico por las diferencias esenciales; tal existencia atribuyéronla únicamente a las ideas de las especies, que no precisan de diferencias esenciales para su designación. Luego si designamos al Ser divino por algo sobreañadido con designación esencial, tal ser no será actual si no existe lo sobre añadido. Pero el Ser divino es su propia substancia, como se vio. Por lo tanto, la substancia divina no puede estar en acto si no le sobreviene algo. De esto se puede deducir que no incluirá en sí la necesidad de existir, contrariamente a lo ya expuesto.
Todo lo que necesita algo adicional para poder existir, está en potencia respecto de ello. Pero la substancia divina no está en potencia de ningún modo, como hemos demostrado. Al contrario, la substancia de Dios es su propia existencia. Luego su ser no puede designarse con designación substancial por algo adicional.
Todo aquello mediante lo cual una cosa se actualiza y es intrínseco a la misma, o es su misma esencia total, o parte de ella. Mas lo que determina a una cosa esencialmente, dale el ser actual, y es intrínseco a la misma; de lo contrario no la determinaría substancialmente. Luego es necesario que sea la misma esencia o parte de la esencia. Ahora bien, si se añade algo al ser divino, es imposible que sea toda la esencia de Dios, porque ya se ha demostrado que el ser de Dios no es otra cosa que su esencia. Queda, pues, que es parte de la esencia divina. Y así, Dios, contrariamente a lo ya dicho, sería esencialmente compuesto de partes.
Lo que se añade a algún ser para designarlo esencialmente no constituye su formalidad, sino que le hace ser en acto; por la adición de racional al animal, éste consigue ser en acto, mas no constituye la formalidad de animal en cuanto tal, porque la diferencia no entra en la definición del género. Pero, si a Dios se añade algo que le designe esencialmente, es necesario que constituya la formalidad de su propia quididad o naturaleza, pues lo que así se le añada le hace ser en acto, y este existir en acto es la misma esencia divina, como se demostró anteriormente. Queda, pues, que al ser divino nada se puede añadir que le designe esencialmente como la diferencia de signa al género.
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