CAPÍTULO LVIII: Del número de los sacramentos de la Nueva Ley

CAPÍTULO LVIII

Del número de los sacramentos de la Nueva Ley

Y porque, según se dijo (c. 56), los remedios de la salud espiritual han sido dados a los hombres bajo señales sensibles, fue conveniente también que la distinción de los remedios con que se proveyese a la vida espiritual se hiciera atendiendo a la semejanza que guarda con la vida corporal.

Mas en la vida corporal encontramos dos órdenes: el orden de los propagadores y ordenadores de la vida corporal en otros y el de propagados y ordenados según la vida corporal.

Pero hay tres cosas que son esencialmente necesarias y una cuarta que lo es accidentalmente, para la vida corporal y natural, a saber: en primer lugar, es preciso que alguna cosa reciba la vida por generación o nacimiento; en segundo, que llegue aumentando a su debida cantidad y robustez, y en tercero, para la conservación de la vida adquirida por generación y para aumentar, es necesaria la nutrición. Y estas cosas son, en efecto, esencialmente necesarias para la vida natural, porque sin ellas la vida corporal no puede perfeccionarse; por eso, incluso al alma vegetativa, que es principio del vivir, se le asignan tres virtudes naturales, a saber, la generativa, la aumentativa y la nutritiva. Pero, cuando sobreviene algún impedimento a la vida corporal, por el cual se enferma la cosa viva, entonces es necesario accidentalmente un cuarto requisito, que es la salud de la cosa viviente enferma.

Así, pues, en la vida espiritual, lo primero es la generación espiritual, por el “bautismo”; lo segundo, el aumento espiritual, que conduce a la perfecta robustez, por el sacramento de la “confirmación”; lo tercero, el alimento espiritual, por el sacramento de la “eucaristía”. Queda lo cuarto, que es la salud espiritual, que se produce, o solamente en el alma, por el sacramento de la “penitencia”, o del alma pasa al cuerpo, cuando fuere oportuno, por la “extremaunción”. Luego estas cosas pertenecen a quienes son engendrados y conservados en la vida espiritual.

Ahora bien, los propagadores y ordenadores de la vida corporal se consideran en dos aspectos, a saber, según el origen natural, cosa que pertenece a los padres, y según el régimen político, mediante el cual la vida del hombre se conserva pacíficamente, y esto pertenece a los reyes y príncipes.

Pues así sucede también en la vida espiritual. Porque hay ciertos propagadores y conservadores de la misma, sólo según el ministerio espiritual, al cual pertenece el sacramento del “orden”; y también según lo corporal y espiritual juntamente, que se realiza por el sacramento del “matrimonio”, por el cual el hombre y la mujer se unen para engendrar y educar la prole para el culto divino.

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