CAPÍTULO CXXVIII: Cómo según la ley de Dios se ordena el hombre con el prójimo

CAPÍTULO CXXVIII

Cómo según la ley de Dios se ordena el hombre con el prójimo

Por lo dicho es claro que, conforme a la ley divina, es estimulado el hombre a guardar el orden de la razón en todas las cosas que pueden venir en su uso. Entre todas ellas, las principales son los otros hombres, pues que es “naturalmente animal sociable” y necesita de muchos para alcanzar lo que uno solo no puede. Por consiguiente, es menester que sancione la ley divina cómo el hombre se ha de comportar con los demás según orden de razón.

El fin de la divina ley es que el hombre se una a Dios. En esto, uno ayuda a otro en el conocimiento y en el amor, ya que los hombres se ayudan en el conocimiento de la verdad, y uno incita al otro al bien y lo aparta del mal. Así se dice: “El hierro con el hierro se aguza y el hombre aguza a su prójimo”. Y en otro lugar: “Mejor es que estén dos juntos que uno solo, porque tienen la ventaja de su compañía. Si uno cayere, le sostendrá el otro. (Ay del solo!, que, cuando cayere, no tiene quien le levante. Y si durmieren dos juntos, se calentarán mutuamente; uno solo, )cómo se calentará? Y si alguno prevaleciere contra el uno, los dos le resisten”. Por tanto, convino ordenar por ley divina la sociedad mutua de los hombres.

La ley divina es cierta razón de la divina providencia para gobernar a los hombres. A ésta atañe mantener en su debido orden a todos sus sometidos, de suerte que cada uno esté en su lugar y grado. Por tanto, la ley divina asá ordena recíprocamente a los hombres que cada uno esté en su sitio, lo cual no es otro que estar los hombres en mutua paz, “pues la paz entre los hombres no es otra cosa que una ordenada concordia”.

Las cosas que se ordenan entre sí conviene que lo estén concordemente; de otra manera se estorbarían en la consecución del fin común, como es de verse en un ejército ordenado cordialmente a conseguir la victoria, que es la finalidad del capitán. Pues bien, todo hombre está ordenado a Dios por ley divina; por consiguiente, fue menester que por ella hubiera entre ellos “ordenada concordia”, “la paz”, para que no se sirvieran de estorbo unos a otros.

De aquí que se diga en el salmo: “El cual puso la paz en tus confines”. Y el Señor dice: “Os he dicho esto para que en mí tengáis paz”.

Y entonces se guarda la ordenada concordia cuando se da a cada cual lo que es suyo, lo que es de justicia. Por eso dice Isaías: “Efecto de la justicia es la paz”. Fue conveniente, por tanto, dar mandamientos de ley divina sobre la justicia, para que todos se concedieran lo propio y se abstuvieran de causarse daño.

Entre todos los hombres, uno es máximo deudor a sus padres. De este modo el primero de los preceptos de la ley que nos relacionan con el prójimo es el de “honrar padre y madre”, en el cual se comprende estar mandado que tanto a los padres como a los demás dé cada uno lo que se merecen, conforme aquello: “Dad a todos lo merecido”. Después vienen los mandamientos en que se manda abstenerse de causar daño al prójimo, de manera que no le ofendamos de obra ni en su propia persona; por eso se dice: “No matar”; ni en persona unida, “no fornicar”; ni aun en las cosas exteriores, “no hurtar”. También se nos prohíbe que no le ultrajemos contra toda justicia con palabras: “No levantar falsos testimonios”. Y pues Dios es también juez de los corazones, nos prohíbe que le ofendamos con el pensamiento, “deseando su mujer o codiciando sus bienes”.

Para observar una tal justicia, establecida por ley divina, es inclinado el hombre doblemente: interior y exteriormente. Interiormente, en cuanto que es voluntario para guardar lo que manda la ley divina, lo cual hace por amor a Dios y al prójimo, ya que el que ama a alguien, de agrado y con placer le da lo que merece y aun más liberalmente. De ahí que todo el cumplimiento de la ley esté como colgado del amor, según el Apóstol. “El amor es la plenitud de la ley”: y el Señor dice que “de dos mandamientos pende toda la ley”, del amor de Dios y del amor al prójimo. Mas, porque algunos no están tan dispuestos interiormente que espontáneamente hagan por sí mismos lo que les manda la ley, han de ser atraídos exteriormente al cumplimiento de su justicia; lo cual acontece cuando por temor de las penas cumplen la ley servil y no liberalmente. Así dice Isaías: “Cuando obrares tus juicios en la tierra (a saber, castigando a los malos), aprenderán la justicia todos los habitadores del orbe”.

Los primeros, pues, que tienen caridad, que en lugar de la ley los induce a obrar libremente, son “para ellos la ley”; de manera que por ellos no fue necesario dar la ley exterior, sino por aquellos que de suyo no se inclinan al bien. Por eso se dice: “La ley no fue puesta para el justo, sino para los injustos”. Lo cual no se ha de entender de suerte que los justos no estén obligados a guardar la ley, como alguno así lo entendió, sino que los tales se inclinan por sí mismos a cumplir la justicia aun sin la ley.

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