CAPÍTULO CXXI
La ley divina ordena al hombre según razón acerca de lo corporal y sensible
Así como la mente del hombre puede por lo corporal y lo sensible levantarse hasta Dios, si se usa de ello de debida manera para reverencia de Dios, así también su abuso la aparta del todo de Él, por poner el fin de la voluntad en las cosas ínfimas, o hace aflojar la intención de la mente hacia Dios, por apegarnos más de lo menester a tales cosas. Pues para esto principalmente fue dada la ley divina: para que el hombre se una a Dios. Toca, por tanto, a ella ordenarlo en el uso y afición de lo corporal y de lo sensible.
Del modo que la mente del hombre se ordena bajo Dios, de esta suerte se ordena el cuerpo bajo el alma y las tendencias inferiores bajo razón. Atañe a la providencia divina, una de cuyas formalidades propuestas al hombre es la ley divina, que cada cosa tenga su orden. Por lo cual así ha de ser ordenado el hombre por ella, que las tendencias bajas estén sometidas a la razón, y el cuerpo al alma, y las cosas externas le sirvan en su necesidad.
Toda ley recta compele a la virtud, la cual consiste en que las afecciones internas y el uso de las cosas corporales sean reguladas por razón. Por consiguiente, eso ha de ser sancionado por ley divina.
A todo legislador pertenece establecer por ley aquello sin lo que no se puede cumplir la ley. Si ésta se impone a la razón, el hombre no la observaría, si todo lo concerniente a él no se sometiera a la razón. De aquí que toque a la ley divina mandar que todo lo del hombre lo sojuzgue la razón.
Por eso se lee: “El razonable obsequio vuestro; ésta es la voluntad de Dios: vuestra santificación”.
Con lo dicho se rechaza el error de los que afirman que no hay más pecados que aquellos con que se ofende o se escandaliza al prójimo.
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