CAPÍTULO 28: Respuesta a los argumentos que pretendían que la carencia de bendición solemne o consagración obstara al estado de perfección de párrocos y arcedianos

CAPÍTULO 28

Respuesta a los argumentos que pretendían que la carencia de bendición solemne o consagración obstara al estado de perfección de párrocos y arcedianos

Quedó demostrada la frivolidad de las razones alegadas para defender que los arcedianos y los párrocos se encuentran en estado más perfecto que los religiosos. Ahora hay que poner de manifiesto otra frivolidad: la de los argumentos con que pretenden impugnar que la instalación de alguien en estado de perfección se realiza mediante solemne consagración o bendición.

Ante todo hay que tener en cuenta que la solemne consagración o bendición no es la causa de que alguien se encuentre en estado de perfección; es practicada como signo. Se trata de una práctica que afecta solamente a aquellas personas que son puestas en algún estado, aunque no sea siempre el estado de perfección. Quienes se unen en matrimonio, son puestos en un concreto estado, porque, a partir de entonces, el marido ya no tiene potestad sobre su cuerpo, ni la tiene tampoco la mujer. Es lo que está dicho en 1 Cor 7,4. El matrimonio origina perpetua obligación de un cónyuge para con el otro. Para simbolizarla, la Iglesia practica la solemne bendición nupcial. Los cónyuges, sin embargo, son puestos no en estado de perfección, sino en estado de matrimonio. Respecto a las personas que son puestas en estado de perfección, la solemne consagración o bendición significa el compromiso perpetuo. Así se establece una cierta semejanza con la práctica civil, en la cual cuando alguien cambia estado, por ejemplo, cuando el siervo es manumitido, se practica alguna solemnidad civil.

Esto no es dicho de manera superficial; está confirmado por la autoridad de Dionisio, el cual dice: Nuestros divinos guías, o sea, los apóstoles, los dignificaron con nombres santos, que se aplican a quienes viven en estado de perfectos, dando a unos el nombre de fámulos, a otros llamándolos monjes por su dedicación al solo servicio de Dios, con una vida de indivisible unidad que los hace semejantes a la santa unidad y perfección de Dios. Este es el motivo por el que una santa legislación les reconoce el don de perfección, y les otorga como dignidad el ser nombrados con alguna expresión santa. Queda, pues, comprobado que a los monjes, de acuerdo con la tradición apostólica, se les da la bendición solemne, porque asumen estado de perfección.

La primera dificultad consiste en que para la consagración tanto del obispo como del sacerdote se dicen unas mismas palabras, a saber: Sean consagradas y santificadas estas manos… Pero no viene a propósito. Ahora no tratamos del sacerdote en cuanto sacerdote. Por lo que se refiere a esta modalidad, es puesto en estado mediante la solemne consagración; no es el estado de perfección activo o pasivo, sino el estado que Dionisio llama iluminativo. Ahora se trata del sacerdote en cuanto recibe cura pastoral; le es comunicada sin solemnidad alguna. No recibe estado; le es dada encomienda de un ministerio. El obispo queda consagrado a la cura pastoral por medio de la perpetua obligación con que se compromete: como fue dicho ya.

La unción de los reyes en la cabeza significa el estado de vida de quien tiene la solicitud principal por el reino; los oficiales del reino, por no ser responsables principales, no eran ungidos. De modo semejante, en el reino de la Iglesia, el obispo es ungido como el responsable principal de toda la cura pastoral. Los arcedianos y los párrocos no son ungidos al recibir cura, porque no la reciben al nivel de principalidad, sino tan sólo desempeñan algún ministerio en dependencia de la cura episcopal: como los validos o los prefectos bajo la dependencia del rey. De aquí no se sigue que el rey viva en estado de perfección, porque su solicitud recae sobre lo temporal, no sobre lo espiritual como la cura del obispo. La caridad, de suyo, dice orden al bien espiritual. Por eso la cura espiritual pertenece a la perfección, lo cual no es aplicable a la cura temporal, aunque ésta puede ser ejercida a impulso de caridad perfecta.

La tercera dificultad está muy lejos del tema. Ahora no se trata acerca de la perfección del mérito; éste puede ser más perfecto no sólo en el párroco que en el obispo o el religioso, sino también en el laico casado. De lo que ahora se trata es del estado de perfección. Una vez más el objetante parece no advertir el alcance de lo que dice. A tenor de la objeción, ni siquiera los obispos se hallarían en estado superior al de los religiosos, pues a veces el mérito de ellos es menor.

La cuarta objeción, o sea, que el episcopado no es orden, dice, si se entiende en rigor, una manifiesta falsedad. Dionisio dice expresamente que son tres los órdenes de la jerarquía eclesiástica, a saber: episcopado, presbiterado y diaconado. En el derecho se hace constar esto: El orden de los obispos es cuatripartito. En el obispo hay orden por comparación al cuerpo de Cristo, que es la Iglesia, sobre la cual asume la responsabilidad principal y, en cierto sentido, regia. En cuanto al cuerpo verdadero de Cristo que se contiene en el sacramento, no posee un orden superior al del presbítero. El obispo posee algo perteneciente al orden y no a la sola jurisdicción, como el arcediano o el párroco; esto se manifiesta en que puede hacer muchas cosas que no puede encomendar a otros, por ejemplo, conferir las órdenes, consagrar basílicas y cosas parecidas. Lo que pertenece a la jurisdicción puede encomendarlo a otro. Se ve esto mismo en el caso de un obispo destituido; si es repuesto, no es consagrado de nuevo por permanecer su potestad de orden: como ocurre en quienes recibieron otras ordenaciones.

Es ridículo decir que el arcediano o el sacerdote rural son instituidos solemnemente por medio del anillo o de cosas semejantes. Esta solemnidad tiene más bien semejanza con las civiles, entre las cuales está la investidura de señor feudal mediante báculo y anillo. Pero no tiene analogía con las solemnidades eclesiales que consisten en consagración y bendición.

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